SECCIÓN SEXTA
Núm. 3234 – AYUNTAMIENTO DE PINA DE EBRO
Aprobados por Resolución de esta Alcaldía núm. 2025-136, de fecha 22 de abril de 2025, el padrón fiscal y las liquidaciones correspondientes a la distribución de agua y alcantarillado – primer trimestre de 2025, quedan expuestos al público:
- En la Secretaría Municipal
- En la sede electrónica de Pina de Ebro
Plazo de exposición pública: veinte días hábiles desde el día siguiente a su publicación en el BOPZ, a efectos de presentación de reclamaciones.
Apertura del periodo de cobranza
Según lo dispuesto en el Reglamento General de Recaudación, el cobro se desarrollará conforme a:
Plazos
- Periodo voluntario: 62 días naturales a contar desde la finalización de la exposición pública en el BOPZ.
- Periodo ejecutivo: Si no se ha efectuado el pago en el periodo voluntario, se iniciará el ejecutivo conforme a la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria. Este conllevará intereses de demora, recargos y, si procede, costas del procedimiento de apremio.
Lugar y forma de pago
Durante el periodo voluntario, el pago podrá realizarse:
- En las oficinas municipales (lunes a viernes, de 08:30 a 14:30)
- Mediante ingreso en:
- Banco Santander, S.A.
- Ibercaja Banco, S.A.
- Nueva Caja Rural de Aragón, S.C.C.
Domiciliaciones bancarias
Los cargos se realizarán a partir de la fecha de finalización de la exposición pública.
En caso de devolución bancaria, el recibo podrá abonarse presencialmente en el Ayuntamiento dentro del periodo voluntario.
Recibos no domiciliados
- Con aviso de pago: podrá abonarse presentando el aviso en:
- El Ayuntamiento
- Oficinas de Banco Santander, Ibercaja Banco o Nueva Caja Rural de Aragón (Bantierra)
- Sin aviso de pago: podrá abonarse en el Ayuntamiento durante el periodo voluntario, en el horario establecido.
Régimen de recursos
Contra la aprobación del padrón y/o las liquidaciones puede interponerse recurso de reposición ante la Alcaldía:
- Plazo: un mes desde el día siguiente a la finalización de la exposición pública
- Normativa: artículo 14 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo)
Si el recurso es desestimado, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo:
- Dos meses: desde la notificación (si resolución expresa)
- Seis meses: desde que se entienda desestimado por silencio (acto presunto)
Nota: No es posible interponer simultáneamente recurso de reposición y reclamación económico-administrativa.
Lo que se hace público para general conocimiento.
Pina de Ebro, a 25 de abril de 2025
El alcalde, Pablo Blanquet Abós